30-06-2016

           


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PERSONAL DOMESTICO

A partir de junio'2016 aumenta el monto de los aportes a pagar por el empleador

y los sueldos mínimos


 

La AFIP anunció un incremento en los aportes que se deben pagar por contratar empleados domésticos. La Resolución 3848 determinó los nuevos montos que rigen desde junio'2016.

 

Los aportes y contribuciones que deben ingresar los empleadores son los siguientes dependiendo de las horas semanales trabajadas y la condición del trabajador (si es activo o jubilado). Se efectúan a través del F102/RT.

a) Por cada trabajador activo: 
1. Mayor de 18 años: 

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES CONTRIBUCIONES
Menos de 12 $ 46 $ 34 $ 12
Desde 12 a menos de 16 $ 87 $ 63 $ 24
16 o más $ 454 $ 419 $ 35

 

2. Menor de 18 años pero mayor de 16 años: 

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES CONTRIBUCIONES
Menos de 12 $ 34 $ 34 -
Desde 12 a menos de 16 $ 63 $ 63 -
16 o más $ 419 $ 419 -


b) Por cada trabajador jubilado: 

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES CONTRIBUCIONES
Menos de 12 $ 12 - $ 12
Desde 12 a menos de 16 $ 24 - $ 24
16 o más $ 35 - $ 35


 

Como los importes a ingresar para la cobertura de riesgos del trabajo no se modificaron, a partir de junio'2016, si Ud. tiene a su personal doméstico registrado ante la AFIP (mayor de 18 años) deberá abonar mensualmente los siguientes montos, según la cantidad de horas trabajadas en la semana:

 

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE

IMPORTE A PAGAR POR APORTES + CONTRIBUCIONES + SEGURO RIESGOS DEL TRABAJO

Menos de 12

$ 176

Desde 12 a menos de 16

$ 252

16 o más

$ 684

  

Por otro lado, con efecto retroactivo a junio'2016, se modificaron los sueldos mínimos según las diversas categorías. Este aumento tiene validez hasta noviembre'2016 porque a partir del mes de diciembre estos importes se incrementarán en un 15% adicional.

 

categoría  

hasta mayo'2015

 

desde 01-06-2016

hasta 30-11-2016

1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Personal con retiro
hora $ 51,20
mensual $ 6572,80
hora $ 61,50

mensual $ 7756,00

Personal sin retiro
hora $ 56,32
mensual $ 7321,60

hora $ 67,50
mensual $ 8640,00

2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. Personal con retiro
hora $ 48,64
mensual $ 6106,88
hora $ 58,00
mensual $ 7206,50
Personal sin retiro
hora $ 53,76
mensual $ 6798,08

hora $ 64,00
mensual $ 8022,00

3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.  

hora $ 46,08
mensual $ 5972,12

 

hora $ 54,50
mensual $ 7030,50

4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Personal con retiro
hora $ 46,08
 mensual $ 5957,12

hora $ 54,50
 mensual $ 7030,50

Personal sin retiro

hora $ 51,20

mensual $ 6639,36

hora $ 61,50
 mensual $ 7835,50

5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Personal con retiro
hora $ 42,24
mensual $ 5358,08
hora $ 51,00
mensual $ 6322,00
Personal sin retiro
hora $ 46,08
mensual $ 5957,12
hora $ 54,50
mensual $ 7030,50

 

 Provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego suman un 15% adicional a los montos indicados

 

 


 

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