a s e s o r e s    d e    s e g u r o s

4781-8900  /  4788-4489
 colombo@colomboasesores.com.ar

seguros / prevención de accidentes / riesgos del trabajo ART / A.R.T. / autos / incendio / consorcios / caución / vida / accidentes personales / comercio / robo / responsabilidad civi

             

 

 


    COLOMBOasesores  /  SEGUROS  /  CAUCION  /  ART  /  NEWSLETTER
 

¿ El porqué del grito de Catalina ?  

2° parte

La explosión en Barrio Norte
“El porqué del desmayo de Catalina”

En “El porqué del Grito de Catalina”, cuando nos referimos a los riesgos a los que estamos expuestos quienes vivimos en las ciudades, dijimos que “. . . todos estos hechos no se comparan con el peor de los ‘enemigos’ a los que estamos expuestos todos: el fuego. Si este hubiese sido el caso de la familia Martinez el título cambiaría: “El porqué del desmayo de Catalina”. El fuego no ‘elige’ que llevarse. Arrasa con todo. Cuando un incendio se produce los daños que provoca son cuantiosos y, en algunos casos, puede destruir totalmente nuestro hogar. Incluso, si los bomberos llegan a tiempo, en su intento por apagarlo suelen provocar daños en otros sectores de la casa”.

 

El domingo 21 de mayo una gran explosión en un departamento ubicado en la zona de Barrio Norte en la  Ciudad de Buenos Aires provocó un incendio en varias unidades de ese consorcio y daños importantes en los edificios linderos y en los vidrios de varios comercios ubicados en las cercanías.

 

Las imágenes que se mostraban en los noticieros y, en los días posteriores, en los diarios fueron dramáticas.

 

En La Nación del 22-05 el superintendente de Seguridad Metropolitana, el comisario general Carlos Natalio, decía que "El estallido fue producto de una gran acumulación de gas con aire en el cuarto piso, y aún resta determinar qué fue lo que disparó la explosión. La explosión fue tan fuerte que derribó las paredes de los departamentos contiguos. No quedó nada del piso. Sólo, la losa".



El estallido ocurrió a las 13.20, en el 4° piso B del edificio situado en avenida Pueyrredón 1316, a pocos metros de la calle Charcas y la onda sonora repercutió al menos unos 400 metros a la redonda y la explosión afectó a una decena de negocios, cuyas vidrieras quedaron totalmente destruidas.

"No sabemos si fue por negligencia o por una falla técnica, pero todo empezó en la zona de la cocina de uno de los departamentos del cuarto piso, que es un monoambiente, y que en ese momento estaba vacío", indicó el comisario Raúl Alvarez, jefe de la División Prensa de la Policía Federal. Después de supo que una persona (quien vivía en ese departamento) estaba dentro del mismo y sufrió gravísimas quemaduras en un 90% de su cuerpo.

 
La onda expansiva causó serios destrozos en el 5°, 6° y 7° piso, y  hubo daños menores en los pisos restantes. Justamente en el 7° piso fueron halladas 2 personas muertas que se encontraban en el palier. El ascenso del aire caliente originado por el fuego provocó su fallecimiento.

 

"¡Qué mala suerte la mía!", repetía incansablemente Sveta Ischenko, inquilina del departamento contiguo a donde se originó el incendio, mientras miraba detrás del cordón policial lo que quedaba de su consultorio de estética, que abrió en julio de 2005. "¿Quién me va a devolver los 15.000 dólares que invertí?", se lamentaba esta mujer, de nacionalidad rusa, que actualmente vive en el barrio de Boedo y que corrió hasta su consultorio cuando vio en los medios lo que había ocurrido.

Justamente sobre este tema vamos a referirnos: ¿quién devolverá el dinero perdido por los daños causados a los departamentos y a su contenido?.

En los noticieros de la TV, radio y en los diarios se comentó quien pagaría estos daños. Y, la verdad, daba lástima escuchar las tonterías que decían los que, en teoría, deben informar al público. Evidentemente no tienen la menor idea pero se amparan en que la mayoría de la gente tampoco entiende mucho de seguros (para eso estamos los asesores profesionales ! ! !).

Por eso vamos a aclarar algunos conceptos pero en forma de preguntas y respuestas.

Indique en cada pregunta si el comentario es VERDADERO o FALSO. Si contesta todas las preguntas correctamente se hará acreedor a una  . . .  felicitación de nuestra parte.

1 - “Si (el motivo de la explosión) fue por un descuido del dueño del departamento, ningún seguro se hará cargo de pagar por los daños. Y por ley, el deberá solventar todos los arreglos. Ahora, si se trata de una pérdida, Metrogas deberá responder por los destrozos".      V / F

2 - "En caso de que el edificio no tuviera seguro contra incendio, la empresa (Metrogas) podría objetar este punto y así comenzaría una pelea en sede judicial sobre quién debería pagar los daños."     V / F

3 - La ley 13.512, de propiedad horizontal, en su artículo 8, establece que los propietarios "están obligados a contribuir al pago de las primas de seguro del edificio común". Cada edificio debe tener su seguro contra incendio. Si no lo tiene el consorcio, deberá hacerse cargo de los daños.   V / F

4 – Magno Vitolo (el administrador del edificio) también informó que "Mapfre es la aseguradora" del edificio. "Tenemos una póliza de consorcio y veremos hasta dónde cubren", agregó.    V / F  

5 - Un vocero de la Policía Federal dijo que "pese a que los trabajos (de los peritos) ya están casi concluidos, el edificio quedó inhabitable. Las cañerías de agua están totalmente destruidas y el sistema eléctrico está fuera de servicio. Por más que el inmueble quede liberado de los trabajos de los peritos, dudo de que alguien pueda regresar a vivir allí mucho tiempo."   V / F

RESPUESTAS:

R1 - Esto es una mentira “más grande que una casa”. Si el consorcio tenía contratado una póliza contra incendio la aseguradora deberá pagar los daños y, luego, podrá repetir de quien se considere el responsable. Primero paga y luego puede repetir.

R2 - Por Ley, el administrador está obligado a contratar un seguro de incendio para el consorcio. Si no lo hizo él será responsable. Independientemente, si la justicia determina que el motivo de la explosión es responsabilidad de Metrogas, esta empresa, no solo deberá pagar los daños al edificio, sino también el mobiliario de cada departamento, los daños a los edificios y locales linderos e indemnizar a los derechohabientes de las personas fallecidas. La respuesta no es ni V ni F. Si Metrogas es culpable deberá pagar tenga el consorcio seguro o no. Si la responsabilidad no es de este empresa, el que deberá pagar será el administrador que no cumplió con la ley. De todas formas 2 días después se supo que el consorcio tenía contratado un seguro.

R3 - Verdadero. Si no tiene un seguro de incendio el administrador es responsable y deberá pagar por todos los daños relacionados con el incendio. La Ley no obliga a contratar un seguro de Responsabilidad Civil (solo es obligatorio cuando el edificio cuenta con ascensores o calderas) por lo que los reclamos que provengan por ese lado deberá ser pagado por el consorcio, salvo que, contará con este tipo de seguro.

R4 - Verdadero. Los seguros de incendio se liquidan “a prorrata” relacionando la suma asegurada con el valor de reconstrucción del edificio. Si es correcta pagarán el 100% si no lo harán en la proporción que resulte esa relación. Pero, es muy importante aclarar, que el seguro contratado por el consorcio cubre, en primer término, los daños a las partes comunes y si alcanza la suma asegurada, en segundo término, a las partes propias de cada propietario. Si el seguro estaba correctamente contratado pero solo para cubrir las partes comunes (esta es la obligación del administrador) los daños a las partes propias de cada unidad deberá ser pagada por el seguro que tenga contratado cada propietario. Sino tiene seguro, cada uno se tendrá que hacer cargo de los daños y luego reclamar a quien se establezca como responsable de la explosión.

R5 - Por supuesto, esto es verdad. Lo importante es saber si el seguro que contrató el administrador cubría este tipo de eventualidad (se llama, normalmente “gastos extraordinarios a consecuencia de incendio”). Si se tomó la precaución de incluir este adicional cada propietario podrá solicitar el reintegro de los gastos por alquiler o de hotelería hasta que pueda volver a habitar su departamento. En algunas aseguradoras esta adicional tiene una limitación para cada unidad funcional, en otras es una suma asegurada global. ¿El seguro de su consorcio tiene esta cobertura?

 

Este tipo de siniestros se producen de vez en cuando. No es común una explosión de este tipo pero, ocurrir, ocurre.

La señora que perdió los U$s 15.000 que había invertido en su consultorio podrá recuperarlo si quien resulte considerado culpable o responsable tiene los medios económicos para hacer frente no solo a ese sino a todos los reclamos de los otros propietarios o terceros afectados.

¿ La solución ?

  1. tener un seguro que cubra su departamento, oficina, consultorio o local comercial tanto por los daños al inmueble como al contenido (mercaderías e instalaciones). ¿Qué costo tiene?. Llámenos y le informaremos porque el costo varía según su actividad y las sumas a asegurar.

  2. tener un seguro en el consorcio que cubra el 100% del valor del edificio, con sumas adecuadas para el riesgo de Responsabilidad Civil, Cristales e Incendio del contenido y que incluya el reintegro para Gastos de Alojamiento y Gastos de Remoción de Escombros. ¿Sabe si el seguro de su consorcio está correctamente contratado e incluye estos adicionales?

Como siempre estamos a su disposición para aclarar su dudas.

Puede comunicarse con nosotros de diversas formas:

 

TELEFONOS -> 4781-8900 / 4788-4489  (10 a 18 hs)

FAX -> 4788-4489 (las 24 horas)

CELULARES -> (15) 4479-2045 / (15) 4184-6737

CORREO ELECTRÓNICO -> colombo@colomboasesores.com.ar

   

En “El porqué del Grito de Catalina” deciamos:

D E C I D A S E    A H O R A

 (NO ES PARA ASUSTARLO, PERO MAÑANA PUEDE SER DEMASIADO TARDE)

 

Es doloroso decirlo pero para mucha gente que vivía en ese edificio, el domingo 21 de mayo de 2006 a las 13:20 hs. fue “demasiado tarde”.

Carlos E. Colombo  


 

PD: puede leer "El porqué del grito de Catalina" aquí

 

PDD: reconozco no saber nada de medicina, casi nada de arquitectura o ingenieria, algo de leyes (sobretodo las vinculadas a mi profesión), bastante de auditorías, impuestos y temas contables y, con orgullo lo digo, mucho de seguros. Si Ud. necesita información, consejo o sugerencias sobre sus pólizas para proteger más adecuadamente sus bienes y sus responsabilidades, llámeme. El conocimiento, la capacitación constante y la experiencia que ponemos en nuestro Estudio a su disposición la tienen solo quienes se dedican a una actividad con profesionalismo y honestidad. El resto, no.

 

 


volver a COLOMBOasesores

 

             
quienes somos     nuestra historia       colombo explica      seguros laptop     monotributistas/autónomos   
seguros para consorcios    seguros para su personal
personal doméstico      capacitación encargados de edificios 
personal comercios y oficinas       seguros del hogar      caución IGJ       caución CUCICBA 
 
 
 El porqué del grito de Catalina     La desesperación de Amanda    
La bici de Santi      ¿Cómo prevenir accidentes laborales?    
  
 Nuestros servicio especiales       ¿Qué datos solicitar al tercero en caso de choque?      ¿Porqué contratar sus seguros con nosotros?    
C O L O M B O  a s e s o r e s  -  página inicial
4781-8900  /  4788-4489 / (15) 4479-2045
Idea, creación y mantenimiento: COLOMBOasesores 
(Todos los derechos reservados / Copyright © 2000/2011)