n° 01 / 24-08-2005 / www.colomboasesores.com.ar

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Resolución 1752/05 SRT
Superintendencia de Riesgos del Trabajo

(Boletín Oficial  23-08-2005)

Se declara la emergencia administrativa de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo por el término de sesenta días.

 


(Resumen)

CONSIDERANDO:

Que el día domingo 7 de agosto de 2005 se produjo un siniestro que afectó el normal funcionamiento de las oficinas de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, ubicadas en la calle Florida 537, Galerías Jardín, Torre Florida, pisos 3°, 5°, 10° 11 y 25 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que oportunamente había dispuesto la clausura del edificio íntegro, incluyendo la galería comercial que lo circunda, fue levantando la medida progresivamente.

Que con relación a los pisos 5°, 6° y 7° la clausura fue levantada en última instancia el pasado martes 16 de agosto de 2005, en razón de haberse adoptado todas las medidas de seguridad tendientes a preservar la integridad física y de salud de las personas . . 

Que conforme resulta del acta labrada en consecuencia, el levantamiento de dicha clausura fue dispuesto bajo condición de reconstruir las losas afectadas por importantes flechamientos debidas al incendio y verificar y reparar las vigas deterioradas, que presentan su armadura expuesta por falta del recubrimiento.

Que asimismo, se dejó constancia en la citada acta la prohibición absoluta efectuada a la administración del edificio de habilitar el servicio de energía eléctrica en la Torre Florida, hasta tanto se efectúen los peritajes precedentemente mencionados.

Que estimó también en TRES (3) meses el restablecimiento parcial del parque de ascensores, lo que implicaría que el personal del Organismo, para cumplir sus tareas normales y habituales, debería acceder a sus puestos de trabajo por la escalera del edificio.

Que por los motivos expuestos, dicho Servicio entendió que no se encuentran dadas las condiciones mínimas de cumplimiento de las normas vigentes en materia de seguridad e higiene en el trabajo.

Que por su parte, el Departamento de Desarrollo y Soporte Informático dio cuenta de la interrupción hasta la fecha de la totalidad de los servicios informáticos que venían siendo provistos a través del Centro de Cómputos que se encontraba ubicado en el piso 5°, como consecuencia de los daños sufridos en dicho piso por el siniestro ocurrido.

Que como consecuencia de lo expuesto en los considerandos precedentes, esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO se ve imposibilitada de cumplir eficazmente las funciones a su cargo, en virtud de carecer transitoriamente de mecanismos adecuados de información, asistencia y contención de los trabajadores; como así también de contralor de la conducta de las aseguradoras de riesgos del trabajo.

Que a la fecha han sido adoptadas medidas de urgencia para paliar la irregular situación descripta.

Que sin embargo, tales acciones no han resultado suficientes para regularizar la actividad administrativa.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO RESUELVE:

Artículo 1° - Declárase la emergencia administrativa de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, entidad autárquica que funciona bajo la jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por el término de SESENTA (60) días, contados a partir de la vigencia de esta Resolución.

Art. 2° - Habilítense puestos transitorios de trabajo en las oficinas del SISTEMA INTEGRADO DE ATENCION AL PUBLICO (S.I.A.P.) de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, como así también en otros espacios físicos viables.

Art. 3° - Autorízase a los Gerentes y Subgerentes de las distintas áreas a disponer horarios rotativos de trabajo del personal a su cargo.

Art. 4° - Autorízase a realizar mediante el procedimiento de contratación directa previsto en el Decreto N° 1023/01, artículo 25, inciso d), todas aquellas Contrataciones objetivamente imprescindibles para la adecuación y traslado de las oficinas de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO al edificio sito en la calle Bartolomé Mitre N° 757 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Héctor O. Verón.


 

 

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