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seguro ambiental obligatorio
(SAO) - Disposiciones 6013/09 y 1423/10 GCBA
La Dirección General de
Defensa y Protección al Consumidor (DGDYPC) del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó la Disposición 6013
el día 10-12-2009 que dispone, entre otras obligaciones que
deben cumplimentar los administradores de consorcios, la
contratación de una "póliza integral de consorcio que
incluya como mínimo la cobertura de los siguientes riesgos:
Responsabilidad Civil Comprensiva Básica más los adicionales
de: Incendio, Rayo, Explosión, Descargas Eléctricas, escapes
de gas, Carteles, letreros y/u objetos afines, Instalaciones
de vapor, Agua Caliente, Ascensores y Montacargas,
Contratistas, Guarda y/o depósito de vehículos en garages a
título oneroso o no (según corresponda). Asimismo,
también la cobertura referida a la Ley General del Ambiente
(artículo 22 ley 25675)".
Actualmente existe un
solo tipo de póliza autorizada para cubrir este tipo de
riesgo: se trata de un seguro de caución (es decir una
"garantía") llamado SAO (Seguro Ambiental Obligatorio).
Es importante tener en
cuenta que la cobertura de Responsabilidad Civil Comprensiva
incluida en el seguro integral de consorcio, excluye
expresamente los daños causados a terceros por "Polución y/o
contaminación".
El 14-06-2010 la DGDYPC
del GCBA dictó la Disposición 1423 en la cual se aprueba la
planilla de "Cálculo del Puntaje por los datos generales del
consorcio" para determinar, de acuerdo a las características
de cada edificio, la obligación o no de la contratación del
"Seguro de Caución por Daño Ambiental de Incidencia
Colectiva" y, de ser necesaria, la suma a asegurar.
También se indica que,
a partir del día 01-07-2010, "conjuntamente con la
contratación o renovación de la Póliza Integral de
Consorcios, los Administradores de Consorcios serán
responsable de la contratación" de esta cobertura y agrega
que "a los fines de facilitar el control de cumplimiento" de
esta obligación los plazos de vigencia de las coberturas
allí previstas (art.1º Disp.6013/09) deberán ser idénticos
y coincidentes".
La planilla para calcular
el puntaje que cada consorcio obtendrá tiene en
consideración una serie de parámetros.
Y, según ese valor,
podrá estar exceptuado de contratar este seguro (nivel A) o
deberá hacerlo con una suma a asegurar mínima que podrá ser
de $ 120.000 (nivel B), $ 160.000 (nivel C), $ 200.000
(nivel D) o $ 250.000 (nivel E).
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AMBIENTAL
planilla para el "Cálculo del Puntaje por los datos
generales del consorcio"
Por un lado existe una
serie de preguntas vinculadas a las características del
edificio (con la correspondiente justificación de cada
parámetro):
DESTINO
ANTIGUEDAD
CANTIDAD DE UNIDADES
FUNCIONALES
CANTIDAD DE COCHERAS
CALDERA CENTRAL
RED DE INCENDIO
LOCALES COMERCIALES
TANQUES DE COMBUSTIBLES
ENTERRADOS (aún en desuso)
SUPERFICIE DEL TERRENO
Cada una de estas
variables tiene un puntaje que deben sumarse y multiplicarse
por un coeficiente que resulta de la suma de las siguiente
items:
RELACIÓN SUPERFICIE
CUBIERTA TOTAL / SUPERFICIE DEL PREDIO
RELACIÓN SUPERFICIE DEL
TERRENO OCUPADA / SUPERFICIE DEL PREDIO
RELACIÓN SUPERFICIE
CUBIERTA SUBTERRÁNEA / SUPERFICIE DEL PREDIO
El resultado final
determina el PUNTAJE TOTAL y, de acuerdo a este, el NIVEL DE
RIESGO AMBIENTAL de cada consorcio.
Transcribimos la
planilla:
Cálculo del puntaje por los datos
generales del consorcio
Destino (D)
Vivienda: .......................................
............................... 1 punto
Mixto:
..........................................................................
3 puntos
Oficinas o
Comercial:..........................................................
5 puntos
Justificación ambiental del parámetro: El uso al que se
encuentra sometido un edificio puede potenciar eventos y
contingencias que podrían generar procesos de contaminación
en suelos y aguas.
Antigüedad (A)
Hasta 20
años:....................................................................1
punto
21 a 40 años:
.....................................................................2
puntos
40 a 60 años:
.....................................................................5
puntos
Más de 60 años:
................................................................
10 puntos
Justificación ambiental del parámetro:
La antigüedad de un edificio y sus instalaciones sanitarias
y de servicios comunes puede potenciar eventos y
contingencias que podrían generar procesos de contaminación
en suelos y aguas.
Cantidad de unidades (UF)
Hasta 20
unidades:...............................................................
1 punto
De 20 a 50 unidades:
...........................................................
3 puntos
Más de 50 unidades:
............................................................
5 puntos
Justificación ambiental del parámetro:
Se trata de un parámetro dimensional que permite establecer,
en forma combinada, escala de riesgos ambientales
potenciales.
Cantidad de cocheras (C)
Sin cocheras:
.....................................................................
0 punto
Hasta 10 unidades:
..............................................................
1 punto
De 11 a 30 unidades:
............................................................
5 puntos
De 31 a 50 unidades:
............................................................10
puntos
Más de 50
unidades:.............................................................
15 puntos
Justificación ambiental del parámetro:
Parámetro con implicancias indirectas con relación a los
riesgos potenciales de contaminación de los recursos suelo y
aguas subterráneas, toda vez que presenta correlación lineal
con las cantidades de hidrocarburos y residuos peligrosos
presentes en el sitio.
Caldera Central (CLD)
Posee caldera central
.......................................................... 5
puntos
No posee caldera central
...................................................... 0
punto
Justificación ambiental del parámetro:
Parámetro relacionado con los riesgos de incendio y
explosión, con potenciales efectos colaterales asociados con
contaminación de los recursos suelo y aguas subterráneas.
Red de incendio (RI)
Por poseer red fija de incendio que cubra la totalidad de
los pisos............ 0 punto
Por no poseer red fija de incendio que cubra la totalidad de
los pisos........ 5 puntos
Justificación ambiental del parámetro:
Parámetro relacionado con la minimización de los riesgos de
incendio y explosión y los potenciales efectos de
contaminación consecuentes.
Locales comerciales (LO)
No
posee..............................................................................0
punto
1 a 5
locales..........................................................................3
puntos
6 a 10
locales........................................................................
5 puntos
Más de 10 locales
...................................................................10
puntos
Justificación ambiental del parámetro:
Parámetro relacionado con el uso de las instalaciones y el
riesgo potencial de desarrollo de actividades y acciones
riesgosas desde el punto de vista de la seguridad y el medio
ambiente.
Tanques de combustible enterrados - aún en
desuso - (TK)
No
posee...............................................................................
0 punto
Posee
.................................................................................
20 puntos
Justificación ambiental del parámetro:
Se trata de un parámetro con implicancias directas y muy
significativas con relación a los riesgos potenciales de
contaminación de los recursos suelo y aguas subterráneas, a
nivel estrictamente local.
Superficie terreno (ST)
Hasta 260m²:
........................................................................
1 punto
261m² a 520m²:
.....................................................................
2 puntos
521m² a 2.000m²:
..................................................................
5 puntos
2000m² o
más:......................................................................
10 puntos
Justificación ambiental del parámetro:
Se trata de un parámetro dimensional que permite establecer,
en forma combinada, escala de riesgos ambientales
potenciales.
COEFICIENTES
Relación Superficie cubierta total /
Superficie Predio (RSC)
Hasta 2:
..............................................................................
Coeficiente 1.0
Mayor a 2 y menor o igual a
4:.....................................................
Coeficiente 1.5
Más de 4:
.............................................................................
Coeficiente 2.0
Relación Superficie del terreno ocupada /
Superficie Predio (RSO)
Hasta 0.5
......................................................................
Coeficiente 2.0
Mayor a 0.5 y menor o igual a
1:............................................ Coeficiente
1.0
Relación Superficie cubierta subterránea /
Superficie Predio (RSS)
Hasta 0.5:
....................................................................
Coeficiente 1.0
Mayor a 0.5 y menor o igual a
1:........................................... Coeficiente
1.5
Más de 1:
.....................................................................
Coeficiente 2.0
PUNTAJE TOTAL
PT = (D + A + UF + C + CLD + RI + LO +
TK + ST) x (RSC + RSO + SRR)
ESCALA
NIVEL
................................................................................
PUNTAJE
A..........................................................................................
hasta 120
B
..........................................................................................más
de 120 y menor o igual que 160
C..........................................................................................
más de 160 y menor o igual que 200
D..........................................................................................
más de 200 y menor o igual que 250
E
..........................................................................................más
de 250
Deberán contratar este Seguro aquellos
Consorcios cuyo Nivel de Riesgo Ambiental sea igual o
superior a la categoría B.
La suma asegurada mínima, se determinará
multiplicando los valores inferiores del puntaje de cada
categoría por el factor 1000 en cada caso.
para más
información ->
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