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SEGUROS DE

conceptos básicos
qué cubren / partes intervinientes / tipos / requisitos básicos para su contratación / presupuestos

GARANTÍA PARA ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES (IGJ)

GARANTÍA PARA CORREDORES INMOBILIARIOS (CUCICBA)  año 2012
nuevos planes de contratación con
 vigencia por 3 años

CAUCIÓN AMBIENTAL PARA CONSORCIOS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (GCBA)

GARANTÍAS ADUANERAS:
IMPORTACIÓN TEMPORARIA / FALTA DE DOCUMENTACIÓN/ TRÁNSITO TERRESTRE

SEGUROS DE CAUCIÓN PARA GARANTÍA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE IMPORTADORES / EXPORTADORES
RES. 2220/07 AFIP
 


 

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asesores de seguros

Deseamos que este sitio sirva como elemento de consulta para los asegurados, para los que desean contratar un seguro, para los colegas productores asesores de seguros, para quienes buscan información sobre seguros en general, riesgos del trabajo, vida, caución y temas de seguridad y prevención.


                        
 


 

             
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¿qué cubren los seguros de caución?

Los seguros de caución tienen por objeto garantizar las obligaciones de hacer, de no hacer y la de entregar una determinada cosa en tiempo y forma, excluidas las obligaciones de pago, con excepción de algunas autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

La aseguradora responde ante el solo incumplimiento del contrato imputable al tomador del seguro, sin necesidad de acción judicial o extrajudicial.

Esto implica que la reticencia no afecta al asegurado y que la aseguradora solo puede accionar contra el tomador en caso de falsas declaraciones o por haber indemnizado al asegurado por algún incumplimiento

Además, la aseguradora no puede rescindir el contrato en forma unilateral, logrando su liberación cuando el asegurado haya cumplido con su obligación.

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partes intervinientes y su relación

En este tipo de contrato intervienen 3 partes:

  1. tomador (o proponente): que es quien solicita la garantía exigida para cumplir con un contrato.
  2. asegurado (o comitente): es el beneficiario del contrato
  3. garante: es la aseguradora 

Entre el tomador y el asegurado existe un contrato donde se acuerdan las relaciones entre ambos.

Entre el tomador y la aseguradora debe existir un acuerdo previo de otorgamiento de un garantía, luego del análisis, por parte de la aseguradora, del estado financiero y patrimonial del tomador. Luego se debe completar una Solicitud de seguro donde se autoriza a la aseguradora a ejecutar los bienes del tomador en caso de siniestro.

Por último, entre el asegurado y la aseguradora aparece el contrato de seguro.

 

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tipos de seguros

Los tipos de cobertura más usuales son los siguientes: 

Obras, suministros y/o servicios públicos y privados:

  • mantenimiento de oferta 
    se garantiza la obligación del tomador de mantener el valor de la oferta y, en caso de resultar adjudicado, de firmar el contrato en los plazos exigidos. Se calcula una suma asegurada  de aproximadamente un 1% del valor del contrato.

    ejecución de contrato / garantía de ejecución 
    se garantiza el cumplimiento del tomador en tiempo y forma de las obligaciones que surgen del contrato.

    anticipo financiero o por acopio
    se garantiza la afectación del anticipo recibido por el tomador de parte del asegurado al cumplimiento del contrato, desafectándose  con el avance de la obra de acuerdo a los certificados que se vayan emitiendo o, en caso de suministros y servicios, a medida de las entregas que se realicen.

    sustitución de fondo de reparo
    se garantizan las retenciones que se deben efectuar con el objeto de atender las reparaciones, defectos de obra o mala calidad de los materiales  

Garantías de tenencia:  

anticipo por acopio
se garantiza el importe que recibe el tomador con el objeto exclusivo de adquirir determinados elementos destinados a la ejecución del contrato.

para uso, reparación, mantenimiento de un bien
se garantiza la tenencia y posterior devolución de los bienes del asegurado que ha entregado al tomador para su uso, reparación, mantenimiento, de acuerdo al contrato existente entre las partes.

por tenencia de materiales para fabricación y montaje
se garantiza la tenencia y posterior incorporación de los materiales recibidos por el tomador a la fabricación, construcción o montaje, de acuerdo al contrato existente.

certificados de avance de fabricación
se garantiza los anticipos recibidos por el tomador en concepto de pago de la certificación por el avance de la fabricación en obra o en taller de acuerdo al contrato existente.

Garantías aduaneras: 

tránsito terrestre
se garantiza el importe de los eventuales tributos que gravan la importación para aquellas operaciones que ingresen en tránsito hasta su destino final.

falta de documentación
se garantizan las multas y eventuales impuestos que graven la importación en los casos en que el importador no tenga la documentación pertinente

importación temporaria
se garantizan los eventuales tributos que gravan la importación de las mercaderías que ingresan con una finalidad y plazo determinados, con la obligación de reexportarla con anterioridad al plazo establecido.

Otras garantías:

> garantías judiciales
Este nuevo tipo de seguros de Caución permite a los litigantes utilizar esta clase de garantías para hacer frente a sus obligaciones procesales cuando el Código respectivo así lo exige.

En los seguros de Caución intervienen 3 partes:

  1. el asegurado -> es la parte a favor de quien el Juzgado ha dispuesto la traba de una medida cautelar o la constitución de una contracautela, según los casos.
  2. el tomador -> es la parte que desea sustituir una medida cautelar decretada en su contra o quien debe prestar la contracautela fijada por el Juez, según los casos
  3. la compañía -> es el asegurador

En los casos en que una persona es demandada judicialmente es común que se vea afectado su patrimonio por la traba de las medidas precautorias requeridas por el demandante para asegurar su pretensión. En muchos casos, el afectado toma conocimiento de la existencia de una demanda en su contra precisamente por la traba de esa medida, situación que suele prolongarse mientras dura el juicio.

A su vez a quien se presenta ante un tribunal judicial requiriendo la traba de una medida precautoria, las leyes procesales le exigen el otorgamiento de una caución (contracautela) por todas las costas y daños y perjuicios que pudiere ocasionar en caso de haberla pedido sin derecho.

Este tipo de seguro se aplica, normalmente, en los casos de embargos preventivos, el secuestro, la administración y/o intervención judicial, la inhibición de disponer o gravar bienes, la anotación de la litis, la prohibición de innovar y de contratar.

> garantías para administradores de sociedades (IGJ)  --> click aquí

> garantías para importadores y exportadores (AFIP) --> click aquí

 

> caución ambiental para consorcios en la Ciudad de Buenos Aires --> click aquí

 

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requisitos previos para su contratación  (excepto  para garantías especificas según detalle en indice)

Por las características de esta tipo de seguro, descriptas en el primer punto (¿qué cubren...), la aseguradora debe analizar detenidamente la situación de la empresa o institución tomadora de este seguro para poder garantizar por el cumplimiento de un contrato frente al asegurado.

Para ello se debe completar una serie de formularios y entregar cierta documentación para que la aseguradora la estudie, analice y, si cumplen con los requisitos establecidos, pueda entregar la garantía al cliente.

Dependiendo del tipo societario, la documentación a entregar para "abrir la carpeta" del cliente es la siguiente:

documentación SA SRL SCA colectiva de hecho unipersonal cooperativas
estatuto y sus modificaciones X - - - - - X
contrato social y sus modificaciones - X X X X - -
balances de los últimos 3 años X X X X X - X
deudas bancarias y financieras X X X X X X X
acta de asambleas X - - - - - X
manifestación de bienes X X X X X X X
formulario para calificar a la empresa X X X X X X X
detalle de bienes de uso y de compras en los últimos 12 meses X X X X X X X
solicitud de seguro X X X X X X X
aval de los que firmaron la manifestación de bienes X X X X X X X

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presupuestos

Una vez analizada la documentación presentada (y si es aprobada) las garantías se entregan dentro de las 24 horas de solicitadas.

Si tiene una carpeta abierta en la aseguradora el costo se puede definir por el tipo de garantía, sobretodo en relación a los montos a garantizar y a la frecuencia de garantías solicitadas.

Este tipo de seguros tienen características muy especiales y específicas que hacen de cada uno una situación totalmente diferente

Para consultas, envíenos su e-mail a:  colombo@colomboasesores.com.ar

Dentro de las 24 horas Ud. recibirá via e-mail o, si prefiere, por fax o telefónicamente, una  respuesta a sus inquietudes y dudas.
 

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