Despreocúpese, de sus seguros nos ocupamos nosotros
   

           

 
       

 

 

opciones de

cobertura

extracontractual

médicos

arquitectos / ingenieros

demoliciones / excavaciones

construcciones / refacciones

administradores de consorcios

 

>> detalle de cada cobertura

 

 

sumas aseguradas actuales para coberturas obligatorias de responsabilidad civil según G.C.B.A.

 

 

 

solicitud de

presupuesto

 

 datos mínimos requeridos:

según tipo de cobertura

actividad / profesión / especialidad

tipo de obra / m2

sumas a asegurar exigidas

 

 

 

 

11 4781-8900   |   11 4788-4489
15 4479-2045

 
colombo@colomboasesores.com.ar

 

 

 

 

 


 

detalle de cada cobertura

 

La compañía de seguros se obliga a cubrir los reclamos de terceras personas o sus derechohabientes, por los daños y perjuicios producidos en razón de la responsabilidad civil que surja en los Artículos 1109 al 1136 del Código Civil, en que incurra exclusivamente como consecuencia de los hechos o circunstancias previstos en la póliza.

 

Existen diversos tipos de seguros de responsabilidad civil. En todos los casos cubren la responsabilidad civil del propietario o responsable hacia terceras personas por lesiones o daños a cosas de terceros

 

responsabilidad civil profesional para médicos (ver cobertura)

responsabilidad civil profesional para arquitectos e ingenieros  (ver cobertura)

responsabilidad civil por obras en construcción, remodelaciones o refacciones (ver cobertura)

responsabilidad civil para administradores de consorcios (C.A.B.A.)   (ver cobertura)

responsabilidad civil por el uso ascensores y/o montacargas

responsabilidad civil por el uso de calderas y/o termotanques

responsabilidad civil por reparaciones o tareas de mantenimiento

 . . . y una gran cantidad de otros hechos

 

dudas o consultas

11 4781-8900   |   11 4788-4489
15 4479-2045

 
colombo@colomboasesores.com.ar

 


 

 

responsabilidad civil profesional médica (praxis médica)

 

¿que cubren los seguros de praxis médica?
La compañía de seguros se obliga a cubrir los reclamos de terceras personas o sus derechohabiente, por los daños y perjuicios producidos por los actos y/u omisiones generadores de responsabilidad civil cometidos a través de su intervención médica personal en el ejercicio de su actividad. (No cubre al Sanatorio, Clínica, Laboratorio, Obra Social o Prepaga que deben tener su propio seguro)

 

¿cómo lo cubre?
Existen varias opciones:
Algunas lo ampara por lo hechos ocurridos durante la vigencia del seguro y denunciados o reclamados en dicho período o hasta 10 años posteriores plazo que coincide con el de la prescripción legal.
Otras pólizas cubren los reclamos dentro de un período de hasta 2 años posteriores a la vigencia del contrato, pero solo sobre hechos producidos y denunciados dentro de lo vigencia de la misma.
Existen, además, alternativas que conjugan parte de cada una de las opciones indicadas.
Cada caso es diferente a otro, por eso es importante consultarnos para poder orientarlo sobre que tipo de opciones puede convenirle en su situación específica.

 

¿cómo se contrata?
Para contratar el seguro se debe completar un formulario donde se hacen una serie de preguntas y una vez entregado y aceptado por la aseguradora comienza la vigencia del seguro.

 

presupuesto
El costo de esta protección está vinculada con la especialidad de cada profesional y con el capital a asegurar. Los datos que nos debe informar son los siguientes:

nombre y apellido:

domicilio (Cap.Fed o Provincia de . . .)

especialidad médica

monto a asegurar

¿es jefe de equipo?

¿tiene algún reclamo o juicio en trámite o con sentencia?

 

dudas o consultas

11 4781-8900   | 11 4788-4489
15 4479-2045

 
colombo@colomboasesores.com.ar

 

 


 

 

responsabilidad civil profesional para arquitectos e ingenieros

 

¿qué cubren los seguros de responsabilidad civil profesional para arquitectos e ingenieros?
Como todo seguro de
responsabilidad civil esta póliza cubre al arquitecto o ingeniero a título personal por cuanto esté obligado a pagar a un tercero (o a sus derechohabientes) por los daños y perjuicios producidos por los actos y/u omisiones que generen responsabilidad civil cometidos a través de su intervención en el ejercicio de su profesión.

 

¿cómo se cubre?
Se cubre al
hecho producido en el ejercicio profesional de su actividad que da origen al daño y consecuente reclamo, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
1) que el acto negligente o la omisión del asegurado que provoca el
daño haya ocurrido durante el período de vigencia de la póliza.
2) que el damnificado (o sus derechohabientes)
formulen el reclamo económico y lo notifiquen fehacientemente por escrito al asegurado o a la aseguradora  durante el período de vigencia de esa póliza o durante el período de extensión de denuncias, en caso de que se hubiere contratado.
3) que las demandas interpuestas y las sentencias dictadas estén dentro del país.

 

presupuestos
Para poder
realizar un presupuesto debe suministrarnos los siguientes datos:

- nombre y apellido:
- monto a asegurar en caso de reclamo:
- ¿desea incluir el endoso de extensión del período de denuncias?:
- ingresos anuales aproximados (de su actividad profesional):
- valor promedio de las obras o proyectos que realiza:
- ¿tuvo algún siniestro o juicio en los últimos años?:
- dirección de mail para enviarle el presupuesto

 

dudas o consultas

11 4781-8900   |  11 4788-4489
15 4479-2045

 
colombo@colomboasesores.com.ar

 

 


 

 

responsabilidad civil para obras en construcción - excavaciones, construcción de edificios, instalaciones y montajes con motivo de la construcción, refección de edificios

 

¿qué cubren los seguros de responsabilidad civil para obras en construcción?
Se cubre hasta la suma máxima prevista la responsabilidad civil del Asegurado frente a terceros como consecuencia directa de la ejecución de los trabajos que se deben detallar y en el lugar indicado, únicamente cuando los daños sean causados por:

Derrumbe del edificio en construcción o en refección

Caída de objetos.

Incendio y/o explosión

Cables y descargas eléctricas.

Carga y descarga de materiales

Abertura de zanjas.

Prueba de las instalaciones destinadas a producir, transportar o utilizar vapor y/o agua caliente.

 

Existen descubiertos a cargo del asegurado con mínimos y máximos determinados como porcentaje de la suma asegurada o como valor absoluto y exclusiones de cobertura causadas o que provengan de diversos hechos o situaciones.

 

Son Asegurados, indistintamente, el propietario del inmueble y la Empresa o Empresas a cargo de los trabajos motivo del seguro, siempre que figuren designados por sus nombres en la póliza. Quedan además asegurados, los Contratistas y/o Subcontratistas que realicen trabajos en la obra. No obstante, el Asegurador mantendrá indemne a los Asegurados, y sólo a éstos, frente al reclamo del tercero, aunque medie responsabilidad de los profesionales intervinientes.

 

No se consideran terceros:

- el cónyuge y los parientes del Asegurado hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad y

las personas en relación de dependencia laboral con el Asegurado en tanto el evento se produzca en oportunidad o con motivo del trabajo.

- El o los propietarios del inmueble indicado en las Condiciones Particulares de la póliza, los Contratistas y Sub-contratistas de la obra y la Empresa Vendedora actuante.

- Los directivos y las personas en relación de dependencia laboral de los mencionados en el inciso anterior y los profesionales independientes de que se sirven.

- Asimismo no se consideran cosas de terceros los bienes bajo el cuidado o en custodia del o de los Asegurados o de las personas mencionadas en los párrafos precedentes.

 

sumas a asegurar si la obra está ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

El gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires exige, para la contratación de estos seguros, unas sumas a asegurar mínimas que dependen del tipo de obra:  >>  ver sumas aseguradas actualizadas en columna derecha

- demoliciones: 1.800.000 UF

- micro obra de hasta 50m2: 250.000 UF

- obra menor de entre 50m2 y hasta 1000m2: 1.200.000 UF

- obra media de entre 1000m2 y hasta 5000m2: 1.800.000 UF

- obra mayor de más de 5000m2: 2.200.000 UF

Las UF (unidades fijas) se actualizan en forma semestral en los meses de marzo y septiembre de cada año.

 

¿cómo se contrata?
Para contratar el seguro nos debe informar el tipo de responsabilidad civil a cubrir
y las características del riesgo.
De acuerdo a cada tipo de situación nos deberá informar los datos que nos permitan conocer con la mayor precisión las características del riesgo a cubrir y las condiciones exigidas, en su caso, por  el propietario de la obra o del bien a asegurar.

 

presupuestos
El costo de esta protección está vinculada con el tipo de responsabilidad civil a cubrir. Los datos que nos debe informar, en principio, son los siguientes:

- nombre y apellido:

- domicilio (Cap.Fed o Provincia de . . .)

- tipo de trabajos a realizar:

- monto a asegurar:

- vigencia:

- características generales del lugar de trabajo:

 

dudas o consultas

11 4781-8900   |   11 4788-4489
15 4479-2045

 
colombo@colomboasesores.com.ar

 

 


 

 

responsabilidad civil profesional para administradores de consorcios

 

cobertura y características:

Esta póliza garantiza el pago de indemnizaciones y gastos de defensa que se encuentre obligado a pagar por resultar civilmente responsable, por actos culposos que dieren lugar a un reclamo originado como consecuencia del ejercicio de su profesión.

 

cobertura de errores y omisiones:
El asegurador abonará la indemnización que el asegurado deba legalmente pagar a un tercero como consecuencia inmediata de un reclamo fundado exclusivamente en un acto culposo, incluidos los gasto de defensa, derivados del ejercicio de su actividad profesional, siempre que el acto culposo haya sido cometido exclusivamente durante la vigencia de la póliza o luego de la fecha de retroactividad si fuera aplicable y dentro del ámbito territorial cubierto, y que el reclamo sea formulado y notificado durante la vigencia de la póliza o durante el periodo extendido de denuncia si fuera aplicable.

 

vigencia: anual

 

límite de responsabilidad: el indicado como suma asegurada, por evento y en el agregado anual.

 

franquicia: determinada en póliza por evento (cualquiera de las alternativas).

 

retroactividad: inicio de vigencia de la primera póliza emitida en esta compañía.

 

gastos de defensa: incluidos dentro del límite de la suma asegurada (no aplica deducible).

 

periodo extendido de denuncia: 1 año incluido en la prima indicada

 

principales exclusiones:

·  Lesiones o daños materiales

·  Reclamos por servicios profesionales prestados a personas controladas y/o dependientes del asegurado

·  Reclamos por insolvencia y/o quiebra y/o liquidación y/o incapacidad financiera de pago de compañías de seguro

·  Errores, inexactitudes o modificaciones en presupuestos de costos u honorarios de servicios profesionales

·  Incumplimiento, retraso o demora en el cumplimiento de obligaciones contractuales a excepción de los incumplimientos o retrasos que sean consecuencia directa de un Acto Culposo del Asegurado

·  Obligaciones emergentes de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, Ley Jubilaciones y Fondos de Pensiones N° 24.241 y Ley de Riesgo de Trabajo N° 24.557, y sus normas complementarias o modificatorias que puedan dictarse en el futuro o cualquier otra obligación adquirida por el Asegurado como empleador o potencial empleador con cualquier empleado o quien alegue la condición de Empleado

·  Acción legal iniciada por infidelidad de empleados, entendida esta como un acto fraudulento o ilegal cometido por un Empleado contra cualquier persona, el Tomador o un Asegurado

·  Multas, impuestos, penalidades, o cualquier compensación por daños punitivos o ejemplares

·  Devolución, restitución o compensación de honorarios, gastos o costos pagados al asegurado

·  Cualquier Servicio Financiero tal como, pero sin estar limitados, gestión de títulos o créditos; mediación o representación de negocios pecuniarios, crediticios, inmobiliarios o similares prestado por el Asegurado; así como indemnizaciones por hurto o robo, pérdidas o extravío de dinero, signos pecuniarios y, en general, valores y efectos al portador o a la orden endosados en blanco. La presente exclusión incluye la gestión de títulos o créditos o la intermediación o representación en negocios bursátiles.

·  Actos u omisiones dolosas, hechos ilícitos, fraudulentos o deshonestos cometidos por el asegurado

·  Apropiación indebida, violación del deber de confidencialidad o secreto profesional, derechos de autor, uso de marcas y patentes registradas, secreto industrial, uso indebido de información de clientes, de bases de datos o cualquier otro derecho de propiedad intelectual o uso de información

·  Injurias, calumnias, difamación, u ataques al buen nombre y honor.

·  Pérdidas, daños, destrucción, gasto incurrido en el reemplazo o restauración de cualquier Documento, a no ser que se contrate como cobertura adicional

·  Contaminación y/o polución y/o daños al medio ambiente

·  Insolvencia, quiebra o concurso del asegurado y/o de los proveedores o subcontratistas del asegurado

·  Actuación profesional del Asegurado sin estar en debidamente autorizado, por no haber tramitado la correspondiente matricula profesional o por extinción o expiración de la misma por cualquier causa, así como por el incumplimiento de cualquier norma que regule su actividad o profesión, así como por no estar en posesión del título académico emanado por la autoridad competente necesario para el ejercicio de su profesión.

·  Responsabilidad Civil Patronal o emanada de la Ley de Riesgos del Trabajo nro. 24557

·  falla y/o falta y/o inadecuada contratación de seguros y/o hechos, actos o actividades que deban ser objeto de cobertura mediante un seguro obligatorio.

·  Resto de exclusiones según texto de RC Profesional Misceláneo aprobado para Zurich Seguros

 

sumas aseguradas / costos anuales: > a informar

 

Para solicitar la emisión de la póliza es necesario informar:

> nombre y apellido completos:

> CUIT

> domicilio

> fecha de nacimiento

> nro. de matricula

> listado de todos los consorcios administrados al inicio de la cobertura

> volumen anual de expensas de cada uno de los consorcios

> declaración sobre la existencia del algún reclamo en los últimos 5 años

 

 

dudas o consultas

11 4781-8900   |   11 4788-4489
15 4479-2045

 
colombo@colomboasesores.com.ar