Protección obligatoria y voluntaria para el personal

Seguros de Vida Colectivo

Seguros colectivos para obligaciones legales, convenios y beneficios adicionales otorgados por el empleador.

Principales coberturas

Vida Obligatorio Decreto 1567/74

Cobertura obligatoria para trabajadores en relación de dependencia, destinada a brindar una indemnización por fallecimiento dentro de los límites vigentes.

Convenio Mercantil 130/75

Seguro previsto para empleados comprendidos en el convenio mercantil, con capitales y condiciones definidos por la normativa y acuerdos aplicables.

Ley de Contrato de Trabajo — artículo 248

Permite cubrir la obligación indemnizatoria del empleador cuando fallece un trabajador, conforme a lo establecido por la legislación laboral.

Seguros colectivos voluntarios

Planes contratados por empresas o instituciones para ampliar la protección del personal y ofrecer un beneficio adicional a empleados y sus familias.

Otros convenios colectivos

Coberturas exigidas por determinados convenios de actividad, cuyos capitales, beneficiarios y requisitos dependen de cada régimen aplicable.

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La solicitud de cotización no implica aceptación del riesgo, contratación ni cobertura automática. La cobertura comienza únicamente con la emisión o confirmación expresa de la aseguradora.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia existe entre un seguro obligatorio y uno voluntario?

El seguro obligatorio responde a una exigencia legal o convencional. El voluntario se contrata como beneficio adicional para ampliar la protección del personal.

¿Quién paga el seguro de vida colectivo?

Depende del producto y del convenio aplicable. En los seguros obligatorios normalmente el costo está a cargo del empleador.

¿Cómo se determina la suma asegurada?

Puede establecerse por normativa, convenio colectivo, sueldo, múltiplos salariales o una suma fija elegida por la empresa.

¿Qué documentación se requiere para incorporar empleados?

Generalmente se solicita nómina, CUIL, fecha de nacimiento, fecha de ingreso, sueldo y convenio aplicable.

¿Qué sucede cuando una persona deja de trabajar?

Debe informarse la baja en los plazos previstos para mantener actualizada la nómina y evitar diferencias en la cobertura.

¿Los beneficiarios pueden modificarse?

Sí. El asegurado puede actualizar su designación conforme a los requisitos de la póliza y de la aseguradora.

¿Por qué elegir COLOMBO asesores?

Análisis de obligaciones

Revisamos la actividad, el convenio y las coberturas legales que corresponden a cada empleador.

Control de nómina

Ayudamos a organizar altas, bajas, salarios y datos necesarios para mantener la póliza correctamente actualizada.

Comparación de alternativas

Evaluamos costos, capitales, condiciones y beneficios adicionales entre distintas aseguradoras.

Acompañamiento ante siniestros

Orientamos en la documentación, designación de beneficiarios y seguimiento de cada reclamo.

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